Para los trabajadores contratados por una empresa española que son desplazados a una filial o empresa cliente en el exterior, hasta ahora debía comunicarse el desplazamiento en las oficinas de la TGSS, personalmente, con el formulario T300, y los convenios que procedieran con respecto al país que el trabajador fuese desplazado.
Afortunadamente desde junio, ya puede realizarse la comunicación directamente por vía telemática, por el siguiente enlace.
Eso sí, no dispondremos del convenio firmado por la TGSS, hasta unos días después, que se recibirá al domicilio indicado en el formulario (aunque ya van acumulando mucho retraso).
Según la Dirección Provincial de la Seguridad Social, en principio no hará falta aportar autorización si la comunicación se hace por un tercero en representación de una persona física o jurídica.
Socio y abogado de la empresa INTEXT asociados. Gabinete asesor en materia de extranjería, Especialista en el asesoramiento de pequeñas y grandes empresas, desarrollando las formulas idóneas para desplazar plantillas de trabajadores.
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